jueves, 28 de enero de 2010

El lunes se inician vacaciones judiciales



El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura, doctor Marco Antonio Guerrero Castillo, informó que a partir del lunes los magistrados y el personal jurisdiccional y administrativo harán uso de su periodo vacacional, que comprende todo el mes de febrero.
Guerrero Castillo indicó que se ha dispuesto que salas y juzgados de emergencia funcionen durante el periodo vacacional, a fin de garantizar se continúe con la administración de justicia.
Los órganos jurisdiccionales de emergencia continuarán viendo los procesos a su cargo, además de garantizar la tutela de los derechos fundamentales de las personas.
Agregó que con el fin de no entorpecer las labores judiciales, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dictaminó que desde el año pasado las vacaciones sólo serán en febrero, a fin de que el 02 de marzo se restablezca en su totalidad el servicio de impartición de justicia en las ocho provincias que comprende el distrito judicial.

RELACIÓN DE MATERIAS QUE VERÁN LAS SALAS Y JUZGADOS DE EMERGENCIA:
SALAS PENALES LIQUIDADORAS; conocerán procesos de la Sala de Apelaciones Conocerán en Segunda Instancia procesos de Hábeas Corpus, Apelaciones al mandato de Detención, trámite de libertades, trámite de procesos con reos en cárcel, homonimias, rehabilitaciones y detenidos que son puestos a disposición; asimismo, prisiones preventivas, terminaciones anticipadas y cualquier otro requerimiento que fuese formulado por el Ministerio Público relacionado con la libertad de los imputados.
SALA CIVIL; Conocerán Acciones de Garantías, medidas cautelares fuera del procesos, autorización de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; así como medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de demanda, visita reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada y tenencia provisional.
JUZGADOS PENALES LIQUIDADORES Y MIXTOS DE EMERGENCIA: Conocerán trámite de libertades, trámites con reos en cárcel, rehabilitaciones y detenidos que son puestos a disposición.
JUZGADOS CIVILES, JUZGADOS LABORALES Y JUZGADOS DE FAMILIA DE EMERGENCIA.- CIVIL: Conocerán acciones de garantía y medidas cautelares fuera del proceso; en materia de FAMILIA: Consignaciones de Alimentos, autorización de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; así como medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada y tenencia provisional; en materia LABORAL: consignaciones laborales; y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
MATERIA PENAL CON EL CÓDIGO PROCESAL PENAL: Hábeas Corpus, trámites de procesos con reo en cárcel, prisiones preventivas, terminaciones anticipadas y cualquier otro requerimiento que fuese formulado por el Ministerio Público relacionado con la libertad de los imputados.

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